La
interrupción voluntaria del embarazo es la finalización de la gestación por
decisión de la mujer, realizada por profesionales médicos o bajo su dirección,
de acuerdo con la normativa vigente. Es un Derecho Sexual y Reproductivo de las
mujeres.
¿ES LEGAL?
Sí. La Ley
en España permite a las mujeres interrumpir el embarazo bajo ciertas
circunstancias (Art. 14 de la L.O.E. 2/2010 de Salud Sexual y Reproductiva y dela Interrupción Voluntaria del Embarazo).
Esta
ley tiene por objetivo garantizar los
derechos fundamentales en el ámbito de la salud sexual y
reproductiva, regula las condiciones de la interrupción voluntaria del
embarazo y establece las obligaciones correspondientes de los poderes públicos.
También define las medidas para
garantizar la educación sexual, para mejorar el acceso a los métodos
anticonceptivos y para disponer de programas y servicios de salud específicos.
La
normativa regula los supuestos en que se
puede interrumpir el embarazo y garantiza el derecho a la prestación sanitaria a través de la red de salud pública y privada.
El aborto
se puede llevar a término por técnicas quirúrgicas o farmacológicas y, en todos
los casos, se garantiza la intimidad y la confidencialidad. Para su
realización, es necesario el consentimiento informado de la mujer.
¿CUANDO SE PUEDE SOLICITAR?
Durante las
primeras 14 semanas de embarazo, a petición de la mujer,si:
Se ha informado a la mujer embarazada sobre
los derechos, prestaciones y ayudas públicas de apoyo a la maternidad (las
propias clínicas acreditadas proporcionan toda esta información en un sobre).
Ha trascurrido un plazo de al menos 3 días
desde la entrega de este sobre hasta la realización de la interrupción.
Entre la
semana 14 y la semana 22, si:
Existe grave riesgo para la vida o salud de la
embarazada.
Existe riesgo de graves anomalías en el
feto.
Interrupción per
causas medicas:
No se
pueden superar las veintidós semanas de
gestación y se puede realizar siempre que haya:
•
grave riesgo para la vida o la salud de la mujer embarazada
•
grave riesgo de anomalías fetales en el feto
•
grave riesgo de anomalías fetales incompatibles con la vida
•
una enfermedad extremadamente grave e incurable en el feto en el momento del diagnóstico y
así lo confirme un comité clínico
En todos estos casos tiene que constar en el informe médico
emitido con anterioridad a la
intervención por un médico o medica especialista diferente al que la vaya a
practicar. En caso de urgencia por riesgo vital se puede prescindir del
informe.
Información específica en caso de que la
mujer sea menor:
En los
casos en que la mujer tenga menos de dieciocho años, los padres o tutores
(representantes legales)deben estar informados y dar el consentimiento para que
se realice el aborto.
Para mas
información sobre la Ley de interrupción del embarazo en el Servicio de Salud
de las Islas Baleares pinchar aquí
¿CÓMO SE
HACE?
Existen
distintas técnicas de IVE en función del tiempo de gestación. La probabilidad
de complicaciones es menor cuanto antes se realice y si se realiza bajo
condiciones adecuadas y personal acreditado.
La decisión
de interrumpir un embarazo puede ser compleja para las mujeres, por eso es
necesario apoyo e información -lo más exhaustiva posible- sobre aspectos
físicos y psicológicos relacionados.
Una vez
confirmado el embarazo y tomada la decisión, se trata de acudir cuanto antes a un Centro de Planificación
Familiar o un Centro de Salud para informarte e iniciar el proceso.
En la
primera visita a la Clínica Acreditada se confirma el embarazo y se comprueba
el estado general de salud de la mujer. Tras los tres días que recoge la Ley,
se realiza la interrupción.
Los dos métodos utilizados son:
Método farmacológico: Esta técnica sólo
puede utilizarse hasta la semana 7 de gestación. Su administración únicamente
puede realizarse en centros especializados. Se trata de una pastilla que
interrumpe el embarazo. Tras la semana 7 sólo es posible el método quirúrgico.
Métodos quirúrgicos: Hay varios métodos que
consisten en acceder al útero para realizar un aspirado. Su realización
requiere de una leve anestesia y no genera complicaciones. Se realizan hasta la
semana 14 o la semana 22 (según el caso).
Tras la
interrupción se aconseja un seguimiento por personal especializado, que puede
incluir una valoración médica, tras 10-30 días de la intervención.
Utilizar remedios caseros, someterse a
intervenciones por personal no preparado o automedicarse son prácticas
ineficaces que además ponen en riesgo tu vida y tu salud.