divendres, 18 de gener del 2019

La Interrupción Voluntaria de Embarazo



La interrupción voluntaria del embarazo es la finalización de la gestación por decisión de la mujer, realizada por profesionales médicos o bajo su dirección, de acuerdo con la normativa vigente. Es un Derecho Sexual y Reproductivo de las mujeres.

¿ES LEGAL?

Sí. La Ley en España permite a las mujeres interrumpir el embarazo bajo ciertas circunstancias (Art. 14 de la L.O.E. 2/2010 de Salud Sexual y Reproductiva y dela Interrupción Voluntaria del Embarazo).
Esta ley  tiene por objetivo garantizar los derechos fundamentales en el ámbito de la salud sexual  y  reproductiva, regula las condiciones de la interrupción voluntaria del embarazo y establece las obligaciones correspondientes de los poderes públicos. También  define las medidas para garantizar la educación sexual, para mejorar el acceso a los métodos anticonceptivos y para disponer de programas y servicios de salud específicos.
La normativa regula los supuestos  en que se puede interrumpir el embarazo y garantiza el derecho  a la prestación sanitaria a través de  la red de salud pública y privada.
El aborto se puede llevar a término por técnicas quirúrgicas o farmacológicas y, en todos los casos, se garantiza la intimidad y la confidencialidad. Para su realización, es necesario el consentimiento informado de la mujer.

 ¿CUANDO SE PUEDE SOLICITAR? 

Durante las primeras 14 semanas de embarazo, a petición de la mujer,si:
    Se ha informado a la mujer embarazada sobre los derechos, prestaciones y ayudas públicas de apoyo a la maternidad (las propias clínicas acreditadas proporcionan toda esta información en un sobre).
    Ha trascurrido un plazo de al menos 3 días desde la entrega de este sobre hasta la realización de la interrupción.

Entre la semana 14 y la semana 22, si:
    Existe grave riesgo para la vida o salud de la embarazada.
     Existe riesgo de graves anomalías en el feto.

Interrupción per causas medicas:
No se pueden superar las veintidós semanas  de gestación y se puede realizar siempre que haya:
       grave riesgo para la vida o la salud de la mujer embarazada
       grave riesgo de anomalías fetales en el feto
       grave riesgo de anomalías fetales incompatibles  con la vida
       una enfermedad extremadamente grave e incurable  en el feto en el momento del diagnóstico y así lo confirme un comité clínico
 En todos estos casos  tiene que constar en el informe médico emitido con anterioridad a  la intervención por un médico o medica especialista diferente al que la vaya a practicar. En caso de urgencia por riesgo vital se puede prescindir del informe.

   Información específica en caso de que la mujer sea menor:

En los casos en que la mujer tenga menos de dieciocho años, los padres o tutores (representantes legales)deben estar informados y dar el consentimiento para que se realice el aborto.
Para mas información sobre la Ley de interrupción del embarazo en el Servicio de Salud de las Islas Baleares pinchar aquí

¿CÓMO SE HACE?

Existen distintas técnicas de IVE en función del tiempo de gestación. La probabilidad de complicaciones es menor cuanto antes se realice y si se realiza bajo condiciones adecuadas y personal acreditado.

La decisión de interrumpir un embarazo puede ser compleja para las mujeres, por eso es necesario apoyo e información -lo más exhaustiva posible- sobre aspectos físicos y psicológicos relacionados.

Una vez confirmado el embarazo y tomada la decisión, se trata de acudir cuanto antes a un Centro de Planificación Familiar o un Centro de Salud para informarte e iniciar el proceso.


En la primera visita a la Clínica Acreditada se confirma el embarazo y se comprueba el estado general de salud de la mujer. Tras los tres días que recoge la Ley, se realiza la interrupción.

 Los dos métodos utilizados son:

    Método farmacológico: Esta técnica sólo puede utilizarse hasta la semana 7 de gestación. Su administración únicamente puede realizarse en centros especializados. Se trata de una pastilla que interrumpe el embarazo. Tras la semana 7 sólo es posible el método quirúrgico.
    Métodos quirúrgicos: Hay varios métodos que consisten en acceder al útero para realizar un aspirado. Su realización requiere de una leve anestesia y no genera complicaciones. Se realizan hasta la semana 14 o la semana 22 (según el caso).

Tras la interrupción se aconseja un seguimiento por personal especializado, que puede incluir una valoración médica, tras 10-30 días de la intervención.


 Utilizar remedios caseros, someterse a intervenciones por personal no preparado o automedicarse son prácticas ineficaces que además ponen en riesgo tu vida y tu salud.





Cap comentari:

Publica un comentari a l'entrada